RESPECTO DEL CONFLICTO PLANTEADO DESDE EL PODER EJECUTIVO RESPECTO DE LA CABEZA DEL PODER JUDICIAL.
El Club del Progreso advierte sobre la gravedad institucional y las posibles responsabilidades por infracción de la ley de defensa de la democracia 23.077, y su inserción en varios artículos del Código Penal, respaldados por los artículos 22,1 y 36 de la Constitución Nacional, de hacerse efectivas las amenazas contra el pacífico funcionamiento y la independencia de la cabeza del Poder Judicial, la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
El espíritu y la letra de estas reglas, han sido diseñados como defensa del sistema democrático y republicano contra cualesquiera clase de “actos de fuerza”, ya sea que provengan de fuerzas armadas o de reunión de personas. La responsabilidad puede alcanzar no sólo a los actores físicos del tumulto, sino también a los funcionarios públicos que lo consientan o autoricen.
En momentos de tremenda gravedad social, sanitaria, climática y económica, instamos a la comunidad y a las autoridades a asumir como deber colectivo encauzar cualquier clase de crítica o inquietud a través de las instituciones legítimamente constituidas, por vía del diálogo democrático y, en caso de corresponder, el ordenado debate parlamentario .